La necesaria reordenación y simplificación de las prestaciones no contributivas

pensiones no contributivas

El camino hacia la eficiencia en el nivel asistencial

Ya lo anticipaba el Real Decreto-ley 20/2020, de 29 de mayo, cuando se introdujo por primera vez el Ingreso Mínimo Vital (IMV) en el ordenamiento jurídico español: con el objetivo de evitar duplicidades y en aras de una mayor efectividad, la puesta en marcha de esta nueva prestación exigiría también la progresiva reordenación del conjunto de ayudas estatales, cuyos objetivos se solapan con la nueva política. El legislador del IMV inicia el reajuste con la eliminación de la prestación por hijo a cargo sin discapacidad o con discapacidad inferior al 33%, pero esta actuación sólo es el inicio, augurándose entonces una progresiva reorganización que abarcaría varios años.

En el marco del Plan de Recuperación Transformación y Resiliencia y con el fin de mejorar el sistema de prestaciones económicas no contributivas de la Administración General del Estado, la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos en su reunión del 31 de octubre de 2022, adopta un acuerdo para llevar a cabo tan ambiciosa empresa. El Acuerdo se publica por Orden ISM/1055/2022, de 31 de octubre.

Vuelve a reconocerse, como ya se hacía en el propio preámbulo del RD-ley 20/2020, la heterogeneidad del sistema español de garantía de ingresos mínimos, que presenta una elevada dependencia de la coyuntura socioeconómica y que se ha centrado en la protección de colectivos concretos, según necesidades puntuales, dejando excluida una parte importante de la población en riesgo de pobreza.

Además, el sistema presenta fragmentación competencial al existir un extenso catálogo de prestaciones sociales a cargo no sólo del Estado, sino de las Comunidades Autónomas, Entidades Locales (aunque la mayoría con financiación autonómica) o Entidades del Tercer sector. El IMV, al configurarse como una última red, ha buscado dotar de coherencia y homogeneidad el esquema de ayudas a colectivos vulnerables, pero su promulgación obliga a revisar el sistema vigente hasta el momento.

¿Cuáles son los objetivos fijados en el Plan?

Integrar todas las prestaciones no contributivas en torno a un instrumento de cobertura de los ingresos (IMV), con el fin de mejorar la eficacia y la eficiencia de los recursos públicos y centrarlos en las personas vulnerables y en riesgo de exclusión.

Atender a las necesidades especiales de hogares con menores, personas con discapacidad y atención a la vejez.

Vincular el apoyo a la renta con la búsqueda activa de empleo para favorecer la inclusión y evitar las denominadas trampas de pobreza.

¿Cuáles son actuaciones que se han diseñado para lograr los objetivos?

1.- Desarrollar y ampliar el Ingreso Mínimo Vital para convertirlo en la prestación base del sistema de garantías de ingreso mínimos.

2.- Simplificar las ayudas existentes garantizando la equidad.

3.- Establecer una gobernanza más eficiente entre los distintos órganos gestores que requerirá un sistema de información ágil que permita el diseño de prestaciones y la efectiva toma de decisiones al respecto.

¿Qué prestaciones se van a reorganizar?

Además de las actuaciones ya realizadas sobre las prestaciones familiares de menores no discapacitados o discapacitados con un grado inferior al 33%, a nivel estatal se actuará sobre: las pensiones no contributivas o el subsidio de garantía de ingresos mínimos (LISMI)

A nivel autonómico y local, sobre los programas de rentas mínimas de inserción o los complementos de pensiones asistenciales.

Quedarán excluidas del alcance del Plan las prestaciones de carácter semi-contributivo (complementos a mínimo y las de apoyo a desempleados) y aquellas prestaciones sustitutivas de un servicio o que estén destinadas a pagarlo directa o indirectamente.

¿Cuáles son las etapas del Plan de reorganización?

Se anticipa que un Plan de estas características, por la experiencia internacional, requiere de un tiempo significativo para su puesta en marcha. Los cambios en los sistemas de prestaciones no contributivas, además de complejos, requieren de un tiempo importante para su completa implantación.

El calendario previsto se inicia con la preparación técnica de los trabajos, la consolidación del Ingreso Mínimo Vital y el despliegue completo de la Tarjeta Social Digital (2023-2024); continúa con la interlocución con los Agentes Sociales, Pacto de Toledo y Comunidades Autónomas (2025), para terminar, una ejecución y despliegue escalonado que se iniciará en 2026 y culminará máximo en 2030.

Querido lector, el contenido de este post ha sido elaborado el 13 de febrero de 2023. Debes tener en cuenta que no recoge posibles modificaciones normativas posteriores.


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