Supuesto práctico de Seguridad Social: un poco de todo.
Javier Martín Gómez, está casado con Elena García Martínez en régimen de gananciales. En el año 1987 constituyó la empresa “Brotes Verdes SL”, sociedad mercantil capitalista de la que posee el 31% del capital social y lleva a cabo la dirección y gerencia. Genaro, su amigo de toda la vida, le prestó ayuda para su constitución y aportó el 20% del capital social, pero no realiza actividad laboral alguna para la empresa ni hace labores de administración, dirección ni referencia. Genaro se limitó a participar en el capital social. Elena García, esposa de Javier martín, posee otro 49% del capital social y trabaja de modo personal habitual y directo para la empresa. Luís martín García, hijo de Javier y Elena, de 27 años, quien convive con su novia en un municipio diferente al de sus padres y al de la empresa, trabaja en Brotes Verdes SL, 5 horas todos los lunes, haciendo labores de empaquetado y envío de productos vendidos online y cobrando una nómina por ello. Luís tiene otro empleo a tiempo completo en una importante empresa de venta de jamones, donde trabaja por cuenta ajena y de la que obtiene una considerable contraprestación económica que le permite vivir holgadamente. Angel Martín García, su hermano, con 20 años de edad y un grado de discapacidad física del 66%, trabaja también en la empresa Brotes Verdes S.L. y convive con sus padres.
Javier Martín y su esposa tienen trabajando en su casa a Marcos, quien se encarga todos los días de limpiar y recoger el hogar familiar, regar y mantener sus plantas y cocinar para cuando ellos lleguen a mediodía. Su contrato es de 10 horas semanales. Se da la circunstancia de que Javier, aprovechando su poder de dirección y gerencia de la empresa Brotes Verdes SL y con la conformidad de todos los ocios, contrató a través de esta a Marcos, es decir, es la empresa Brotes Verdes SL quien contrató a Marcos para que realice labores domésticas en el hogar de Javier y de Elena.
Luís y su novia tuvieron un bebé en junio de 2022. Por esta razón, contrataron el 1 de febrero de 2023 a una chica, Lucía, que se encarga de cuidar del bebé durante unas horas a la vez que realiza las labores domésticas en casa de Luís y su pareja. Su contrato es de 6 horas semanales. Cobra 11 euros por hora.
1.- ¿En qué Régimen deberá tramitarse el alta del Sr. Genaro?
- En el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- En el Régimen General.
- En el Régimen Especial de la seguridad social de los trabajadores por cuenta propia o autónomos en calidad de trabajador autónomo económicamente dependiente.
- No procede su alta en Seguridad Social.
2.- ¿En qué régimen podrá tramitarse el alta de Luis y su hermano Ángel por los trabajos que realizan en la empresa Brotes Verdes SL?
- En el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos.
- En el Régimen General de la Seguridad Social, como trabajadores por cuenta ajena.
- En el caso de Luís, corresponde el Régimen Especial de la seguridad Social de los trabajadores por cuenta propia o Autónomos, y en el de su hermano Ángel, el Régimen General de la seguridad social.
- No procede su alta en Seguridad Social.
3.- ¿En qué régimen deberá ser dado de alta Marcos?
- En el Régimen General, como trabajador por cuenta ajena de la empresa Brotes Verdes SL.
- En el Sistema Especial de Empleados del Hogar, como trabajador de la empresa Brotes Verde SL
- En el Sistema especial de empleados del Hogar, como empleado de hogar de Javier Martín.
- En el Régimen General, como trabajador por cuenta ajena de Javier Martín.
4.- ¿Quién asumirá las obligaciones en materia de cotización derivadas del alta de Lucía en el Sistema Especial de Empelados del Hogar?
- Le corresponderán exclusivamente y de modo obligatorio a Luis, que es el empleador, y no cabe pacto para que las asuma Lucía.
- Le corresponden exclusivamente y de modo obligatorio a Lucía y no cabe pacto alguno con el empleador para que las asuma él.
- Le correspondieran al empleador o también a la propia Lucía si así lo pacta con el empleador.
- Le corresponden exclusivamente y de modo obligatorio a la sociedad de gananciales.