Este nuevo procedimiento se adapta a la normativa vigente en el ámbito internacional.
En el Boletín oficial del Estado número 252 del 20 de octubre de 2022, se publicaba el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, adecuándolo a las normas y situaciones actuales.
El texto deroga expresamente el Real Decreto 1971/1999, de 23 de diciembre, de procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la Orden de 2 de noviembre de 2000, por la que se determinaba la composición, organización y funciones de los Equipos de Valoración y Orientación, dependientes del Instituto de Mayores y Servicios Sociales. La intención es adaptar la normativa española a lo dispuesto por la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, aprobada el 13 de diciembre de 2006 por la Asamblea General de la ONU o a la Estrategia Española sobre Discapacidad 2022-2030. También trata de adecuar la calificación a la diversidad de fines para los que actualmente se requiere tener reconocido un determinado grado de discapacidad y que han ido evolucionando a la vez que lo ha hecho la sociedad y prestaciones desde 1999.
En la línea marcada por la ONU, se reconoce la discapacidad como un HECHO SOCIAL, un concepto que evoluciona y que resulta de la interacción entre las personas con deficiencias y las barreras debidas a la actitud y al entorno que evitan su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con las demás. La valoración se ajustará más a la realidad de las personas, dotando de mayor importancia a factores sociales y contextuales.
