Soy una persona viuda y he cumplido 65 años, ¿puedo percibir un importe mayor en mi pensión de viudedad?

Viudedad y cumplimiento 65 años

Sí, siempre que no percibas otra pensión pública española o extranjera y reúnas el resto de los requisitos.

El porcentaje ordinario que se aplica para determinar el importe a percibir en una pensión de viudedad es del 52% de la base reguladora. No obstante, si no percibes ninguna otra pensión pública, puede incrementarse su importe hasta el 60%.


¿Qué requisitos debo reunir?


  • Debes tener 65 años o más de edad.
  • No debes tener derecho a otra pensión pública española o extranjera o, de tenerla, debe ser por importe inferior al complemento que vas a solicitar.
  • Tampoco debes tener ingresos por la realización de trabajos por cuenta propia o por cuenta ajena.
  • Si percibes otros ingresos por conceptos diferentes, estas cuantías no deben superar el límite de ingresos anual establecido para ser beneficiario de la pensión mínima de viudedad (en 2023: 8.614 euros).

¿Durante cuánto tiempo puedo cobrar la pensión de viudedad al 60%?


Puedes empezar a cobrar la pensión al 60% si en la solicitud inicial indicaste todos los datos sobre tus ingresos. Si no es así, puedes realizar una solicitud en el INSS y empezarás a cobrar con una retroactividad máxima de 3 meses desde la fecha de la solicitud (siempre que reúnas los requisitos establecidos).


Este incremento de porcentaje no tiene carácter consolidable, se mantiene mientras reúnas los requisitos para ello (ingresos). 


Por ello, tienes la obligación de presentar, en el plazo de treinta días, a contar desde la fecha en que se produzcan, comunicación debidamente acreditada de cuantas variaciones hubieran tenido lugar en tu situación económica. Igualmente, tienes la obligación de presentar, antes del 1 de marzo de cada año, declaración relativa al mantenimiento o no de los requisitos de no tener derecho a otra pensión, no percibir ingresos por trabajo y el requisito de rentas.






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