• INICIO
  • POSTS
    • incapacidad temporal
    • incapacidad permanente
    • nacimiento y cuidado del menor
    • prestaciones familiares
    • cotización
    • inscripción-afiliación altas y bajas
    • recaudación
    • riesgo durante el embarazo y la lactancia
    • ingreso mínimo vital
    • jubilación
    • supervivencia
    • asistencia sanitaria
  • COLABORACIONES
    • incapacidad permanente
    • incapacidad temporal
    • nacimiento y cuidado del menor
    • riesgo durante el embarazo y la lactancia
    • supervivencia
    • inscripción-afiliación altas y bajas
    • jubilación
    • recaudación
    • asistencia sanitaria
    • prestaciones familiares
    • cotización
    • ingreso mínimo vital
  • SUPUESTOS PRÁCTICOS
    • nacimiento y cuidado del menor
    • incapacidad temporal
    • incapacidad permanente
    • riesgo durante el embarazo y la lactancia
    • asistencia sanitaria
    • ingreso mínimo vital
    • jubilación
    • supervivencia
    • prestaciones familiares
    • recaudación
    • inscripción-afiliación altas y bajas
    • cotización
  • TEST
    • 2024
    • 2023
    • 2022
  • EL BLOG
  • Suscribirse gratis
Mi sitio social

pago farmacéutico seguridad social

El porcentaje de aportación farmacéutica.

La prestación farmacéutica comprende tanto los medicamentos como el resto de productos sanitarios destinados a restablecer la salud de los usuarios, siempre que sean utilizados de forma adecuada a sus necesidades clínicas y en las dosis precisas, teniendo en cuenta sus características individuales, el periodo de tiempo adecuado, la información necesaria para su correcto uso y el menor coste posible. 

La prestación farmacéutica se dispensará al paciente mediante receta médica (prestación ambulatoria en oficinas de farmacia) u orden de dispensación hospitalaria. En el primer caso, la adquisición de medicamentos estará sujeta a aportación económica del usuario, que será proporcional a su nivel de renta y que se actualizará, como máximo, anualmente. 

El nivel de renta se obtendrá del importe consignado en la casilla de base liquidable general y del ahorro de la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, y se aplicará de acuerdo con la siguiente tabla:

  • Ingresos inferiores a 11.200 euros: exento de aportación.
  • Ingresos inferiores a 18.000 euros: 10% de aportación con límite de 8,23 euros al mes.
  • Ingresos inferiores a 100.000 euros: 10% de aportación con límite de 18,52 euros al mes.
  • Ingresos superiores a 100.000 euros: 60% de aportación con límite de 61,75 euros al mes.

test seguridad social

¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada?

1.- Los trabajadores eventuales por cuenta ajena del Sistema Especial Agrario tienen derecho a causar la prestación de desempleo:

  1. No.
  2. Si.
  3. Sólo en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura.
  4. Depende del sector agrícola en que preste sus servicios.

2.- La excedencia forzosa por elección de un cargo público o sindical es una situación asimilada a la de alta a los efectos de las prestaciones de:

  1. A efectos de cualquier prestación.
  2. No es una situación asimilada a la de alta.
  3. A efectos de desempleo contributivo y no contributivo.
  4. A efectos de desempleo contributivo.

3.- La empresa autorizada para colaborar voluntariamente en la gestión de la asistencia sanitaria e incapacidad temporal derivada de las contingencias de accidente de trabajo y enfermedades profesionales, obliga a la empresa a:

  1. Prestar a su cargo la asistencia sanitaria que corresponda a la situación de IT derivada de contingencias profesionales.
  2. Pagar directamente y  a su cargo la prestación económica de IT derivada de contingencias profesionales.
  3. Pagar a sus trabajadores, a cargo de la entidad gestora o mutua obligada, las prestaciones económicas de IT, así como las demás que puedan determinarse reglamentariamente.
  4. Todas son correctas.

4.- En el sistema especial de personas trabajadoras del hogar, el accidente de trabajo:

  1. Recibe el mismo tratamiento que en el régimen general.
  2. Es una contingencia que sólo pueden sufrir los trabajadores por cuenta ajena.
  3. Es una contingencia que no existe.
  4. Sólo tiene trascendencia a efectos de calificar la incapacidad.

supuesto practico seguridad social

Cálculo de prestaciones de desempleo y pensión de jubilación:

D. Federico Martínez, de 64 años, trabaja a tiempo completo en la perfumería Corales S.L, como trabajador por cuenta ajena.

Lleva en esta empresa desde el 10-04-1997, aunque también había trabajado para una gran superficie de prestigio nacional del 15-01-1982 hasta el 31-01-1997. 

D. Federico accede a una jubilación parcial con una reducción de jornada del 30% el 5 de abril de 2022, ascendiendo la suma de bases a un total de 341.520€.

La empresa contrata en su lugar a Dña. María Gutiérrez, que había estado trabajando para la competencia hasta que había sido despedida el 31-07-2021.

Dña. María Gutiérrez, de 42 años, está soltera y no tiene hijos. Actualmente percibe una prestación de desempleo por un importe de 742€ mensuales.

1.- ¿Es correcto el porcentaje de reducción de jornada?

  1. Sí, porque la reducción de la jornada de trabajo ha de estar comprendida entre un mínimo de un 25 % y un máximo del 50% (art. 215.2.c LGSS 2015).
  2. No, porque la reducción de la jornada de trabajo ha de estar comprendida entre un mínimo de un 25 % y un máximo del 50% (art. 215.2.c LGSS 2015).
  3. Sí, porque la reducción de la jornada de trabajo ha de estar comprendida entre un mínimo de un 35 % y un máximo del 50% (art. 215.2.c LGSS 2015).
  4. No, porque la reducción de la jornada de trabajo ha de estar comprendida entre un mínimo de un 35 % y un máximo del 50% (art. 215.2.c LGSS 2015).

2.- ¿Cómo debe ser el contrato celebrado con Dña. María?

  1. La duración del contrato de relevo tendrá que ser indefinida.
  2. La duración del contrato tendrá que ser, como mínimo, igual al tiempo que falte al trabajador sustituido para alcanzar la edad de jubilación a que se refiere el artículo 205.1.a) LGSS 2015.
  3. Las dos respuestas anteriores son correctas.
  4. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

3.- ¿D. Federico tiene carencia para el acceso a la jubilación parcial?

  1. No, porque es necesario acreditar un período de cotización de 33 años en la fecha del hecho causante, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias (art. 215.2.d LGSS 2015).
  2. Sí, porque es necesario acreditar un período de cotización de 33 años en la fecha del hecho causante, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias (art. 215.2.d LGSS 2015). 
  3. No, porque es necesario acreditar un período de cotización de 35 años en la fecha del hecho causante, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias (art. 215.2.d LGSS 2015).
  4. Sí, porque es necesario acreditar un período de cotización de 35 años en la fecha del hecho causante, sin que a estos efectos se tenga en cuenta la parte proporcional correspondiente por pagas extraordinarias (art. 215.2.d LGSS 2015).

 seguridad social jubilación hecho causante

¿En qué fecha se entiende causada la pensión de jubilación tras la modificación del Real Decreto 453/2022, de 14 de junio?

Una de las principales dudas que surgen al trabajador a la hora de solicitar su pensión de jubilación es la fecha a partir de la cuál se entenderá causado el derecho (hecho causante). Esta fecha es fuente de derechos (los efectos económicos suelen fijarse a partir del día siguiente siempre que se solicite dentro del plazo previsto y no haya deuda, en cuyo caso se tendrá en cuenta la fecha de puesta al corriente) y de obligaciones (en ese momento es cuando deben cumplirse todos los requisitos necesarios: edad, carencia, hallarse al corriente de pago…).

Pero ¿Qué es el hecho causante de la pensión de jubilación contributiva?

Cuando se cumplimenta un formulario de jubilación contributiva y es necesario determinar el HECHO CAUSANTE de la pensión que se solicita, debemos indicar como tal EL ÚLTIMO DÍA DE TRABAJO o de actividad (ejemplo: trabajador del régimen general que cesa su actividad el 15 de julio de 2022. La fecha del hecho causante es el 15 de julio y los efectos económicos, siempre que presente la solicitud en plazo, serán del día 16. OJO, si ponemos el día 16 como hecho causante, que suele ser un error habitual, perderá un día de pensión, ya que los efectos económicos serán del 17 de julio). Parece fácil, pero es un asunto complicado que genera muchas dudas. 

En este momento, el RD 453/2022 ha flexibilizado la normativa reguladora del hecho causante en aquellas situaciones más problemáticas, como eran las asimiladas y el acceso desde no alta, ya que estaban supeditadas al día de presentación efectiva de la solicitud y dejaban poco margen de elección al interesado.

¿Cómo queda la regulación desde la entrada en vigor del RD 453/2022 el 16 de junio de 2022?

seguridad social orfandad

Novedades introducidas por la Ley Orgánica 2/2022, de 21 de marzo, de mejora de la protección de las personas huérfanas víctimas de violencia de género.

Publicada en el BOE del 22 de marzo, su entrada en vigor se produce el 23 de marzo de 2022 (D.F. Tercera).

En materia de protección social, modifica el TRLGSS mejorando la prestación de orfandad de las hijas e hijos de la causante fallecida cuando el fallecimiento se hubiera producido por violencia contra la mujer (protección que nace con la Ley 3/2019, de 1 de marzo) y, en todo caso, cuando se deba a la comisión contra la mujer de alguno de los supuestos de violencias sexuales determinados por la Ley Orgánica de garantía integral de la libertad sexual (Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre).

Introduce la posibilidad de mantener la prestación/pensión de orfandad en el caso de adopción de estos menores siempre que el nivel de renta de la familia adoptiva no supere el límite establecido (los rendimientos de la unidad de convivencia en que se integran, divididos por el número de miembros que la componen, incluidas las personas huérfanas adoptadas, no superen en cómputo anual el 75% del SMI vigente en cada momento, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias). En el resto de los supuestos, la adopción del menor supone la extinción de la cobertura prestacional.

Entradas más recientes Entradas antiguas Inicio

¿Quieres estar al día de nuestras novedades? 

Deja tu correo y te informaremos de cada publicación.

Desde misitiosocial.com nos comprometemos a usar los datos recabados a los efectos únicos de informar de las novedades de este blog. En ningún caso se cederán a terceros.

Muchas gracias

¡Gracias por unirte a nosotros! Esperamos que disfrutes de nuestro contenido. Si tienes alguna pregunta o necesitas ayuda, no dudes en ponerte en contacto con nosotros. 

Por favor, revisa tu correo electrónico. Hemos enviado un mensaje a tu bandeja de entrada. Haz clic en el enlace de confirmación para validar tu cuenta. Esto nos ayudará a asegurarnos de que eres tú quien se ha registrado.


Buscar este blog


TRADUCE A OTRO IDIOMA


MIS REDES SOCIALES


Categorías

2022 2023 2024 2025 alta médica asistencia sanitaria colaboraciones colaboraciones_incapacidad permanente colaboraciones_incapacidad temporal colaboraciones_ingreso mínimo vital colaboraciones_inscripción-afiliación altas y bajas colaboraciones_jubilación colaboraciones_nacimiento y cuidado del menor colaboraciones_violenciadegenero cotización desempleo discapacidad impugnación incapacidad permanente incapacidad temporal ingreso mínimo vital Inscripción-afiliación altas y bajas internacional jubilación legislación libros menores cancer nacimiento y cuidado del menor Pacto de Toledo pareja de hecho pensionistas pensionstas post post_2023 post_asistencia sanitaria post_cotización post_desempleo post_discapacidad post_incapacidad permanente post_incapacidad temporal post_ingreso mínimo vital post_inscripción-afiliación altas y bajas post_jubilación post_legislación post_nacimiento y cuidado del menor post_pensionistas post_recaudación post_supervivencia post_violenciadegenero post-Ingreso mínimo vital post-jubilación post-menores cancer prestaciones familiares recaudación revalorización SARS-CoV-2 supervivencia supuestos prácticos supuestos practicos_2024 supuestos practicos_2025 supuestos prácticos_cotización supuestos prácticos_desempleo supuestos prácticos_incapacidad permanente supuestos prácticos_incapacidad temporal supuestos prácticos_ingreso mínimo vital supuestos prácticos_internacional supuestos prácticos_jubilación supuestos prácticos_nacimiento y cuidado del menor supuestos prácticos_prestaciones familiares supuestos prácticos_supervivencia supuestos practicos-incapacidad permanente supuestos practicos-pensionistas test test_2022 test_2023 test_2024 test_2025 test_completo test_inscripción-afiliación altas y bajas test_jubilación test-pensiones violencia de género

Vistas de página en total


Con la tecnología de Blogger.

Archivo del blog

  • ►  2025 (26)
    • ►  junio (2)
    • ►  mayo (4)
    • ►  abril (4)
    • ►  marzo (5)
    • ►  febrero (4)
    • ►  enero (7)
  • ►  2024 (56)
    • ►  diciembre (5)
    • ►  noviembre (4)
    • ►  octubre (4)
    • ►  septiembre (5)
    • ►  agosto (4)
    • ►  julio (5)
    • ►  junio (5)
    • ►  mayo (4)
    • ►  abril (6)
    • ►  marzo (4)
    • ►  febrero (4)
    • ►  enero (6)
  • ►  2023 (59)
    • ►  diciembre (4)
    • ►  noviembre (4)
    • ►  octubre (5)
    • ►  septiembre (4)
    • ►  agosto (4)
    • ►  julio (5)
    • ►  junio (4)
    • ►  mayo (7)
    • ►  abril (4)
    • ►  marzo (5)
    • ►  febrero (5)
    • ►  enero (8)
  • ▼  2022 (80)
    • ►  diciembre (8)
    • ►  noviembre (4)
    • ►  octubre (6)
    • ►  septiembre (4)
    • ▼  agosto (5)
      • ¿Cuánto debo pagar por mis medicamentos?
      • Test completo agosto 2022
      • Caso Práctico de Seguridad Social: La tienda de pe...
      • Breves notas sobre el hecho causante de la pensión...
      • La protección de las personas huérfanas víctimas d...
    • ►  julio (4)
    • ►  junio (5)
    • ►  mayo (6)
    • ►  abril (7)
    • ►  marzo (6)
    • ►  febrero (6)
    • ►  enero (19)

POST POPULARES

  • Caso práctico de Seguridad Social número 2. Año 2024
  • Deudas contraídas con la Seguridad Social
  • Test completo Seguridad Social número 2. Año 2024
  • Test completo Seguridad Social Febrero 2023

Libro publicados

Las víctimas de violencia de género como colectivo vulnerable a efectos del ingreso mínimo vital
Perspectivas jurídicas y económicas del "Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo" (2020)
El tratamiento de los trabajos especialmente penosos, tóxicos e insalubres en la cultura de la prevención
El convenio especial de cuidadores no profesionales y su incidencia en la brecha de género de la pensión de jubilación

CONTACTO

Nombre

Correo electrónico *

Mensaje *

Copyright © www.misitiosocial.com.