Test completo Seguridad Social número 7. Año 2025

Seguridad social test completo

¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada? 

1. ¿Quién es responsable de la cotización adicional en el caso de un Representante de Comercio

  1. La empresa que emplea al representante de comercio
  2. El propio representante de comercio.
  3. La entidad financiadora del programa de formación 
  4. El centro de formación 

 

Art. 31 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.


2¿Quién es responsable de la cotización adicional en el caso de un artista en un espectáculo público?

  1. La empresa que emplea al artista 
  2. El trabajador 
  3. La entidad financiadora del programa de formación 
  4. El centro de formación 

Art. 32 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

 

3A efectos de determinación de las bases mínimas y máximas de cotización, los deportistas profesionales quedan encuadrados en el grupo…

  1. En el grupo 1º
  2. En el grupo 2º
  3. En el grupo 3º
  4. En el grupo 4º

Art. 34 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.


4El periodo de cotización de las personas trabajadoras incluidas en el Sistema Especial Agrario será siempre…

  1. Diaria.
  2. Mensual.
  3. Trimestral.
  4. Anual.

Art. 38 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

 

5. La base de cotización, para todas las contingencias y situaciones protegidas por el Régimen General de la Seguridad Social, exceptuadas las de desempleo y accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, estará sujeta para cada grupo de categorías profesionales, a los límites

  1. A los límites absolutos de las bases mínimas y máximas del sistema.
  2. Al límite absoluto de la base máxima y al límite relativo de la base mínima.
  3. A los límites relativos de las bases mínimas y máximas
  4. Al límite relativo de la base máxima y al límite absoluto de la base mínima.

Art. 26 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.

 

6¿Cuántos grupos en función de las categorías profesionales existen en materia de cotización

  1. 8 grupos.
  2. 9 grupos.
  3. 10 grupos.
  4. 11 grupos.

Art. 26 del Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social.


7.- ¿A partir de qué día tendrá efectos la pérdida del derecho al complemento por cónyuge a cargo en las pensiones del sistema de la seguridad social?

  1. A partir del día 1 del mes siguiente a aquel en que la Entidad Gestora dicte la correspondiente resolución, dejando sin efecto dicho complemento.
  2. A partir del día 1 del mes siguiente a aquel en que cesen las causas que dieron lugar a su reconocimiento.
  3. A partir del día 1 del segundo mes siguiente a aquel en que la Entidad gestora dicte la correspondiente resolución dejando sin efecto dicho complemento.
  4. A partir del día 1 del segundo mes siguiente a aquel en que cesen las causas que dieron lugar a su reconocimiento.

La dinámica del Complemento a mínimos se establece anualmente en los RRDD de revalorización. Para 2025 se dispone en el Real Decreto-ley 9/2024, de 23 de diciembre.

 

8.- ¿Cuál de las siguientes competencias está atribuida al INSS?

  1. La gestión y seguimiento de las pensiones de invalidez y jubilación en su modalidad no contributiva.
  2. Los servicios complementarios de las prestaciones del sistema de la seguridad social.
  3. La propuesta de normativa básica que garantice los principios de la igualdad y la solidaridad para la determinación de los baremos, a efectos del reconocimiento del grado de minusvalía.
  4. La gestión del Fondo Especial de Mutualidades de funcionarios de la seguridad social.

Art.1.2.c) del Real Decreto 2583/1996, de 13 de diciembre, de estructura orgánica y funciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social y de modificación parcial de la Tesorería General de la Seguridad Social.

 

9.- En el Sistema Especial de las personas trabajadoras del Hogar, ¿desde qué día, contando a partir de la fecha en que se inició la enfermedad, se comienza a percibir la prestación económica por incapacidad temporal derivada de enfermedad común?

  1. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, se abonará a partir del noveno día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al octavo de la citada baja, ambos inclusive.
  2. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, se abonará a partir del vigésimo día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al octavo de la citada baja, ambos inclusive.
  3. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, se abonará a partir del décimo sexto día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al octavo de la citada baja, ambos inclusive.
  4. En caso de enfermedad común o accidente no laboral, se abonará a partir del vigésimo noveno día de la baja en el trabajo, estando a cargo del empleador el abono de la prestación al trabajador desde los días cuarto al octavo de la citada baja, ambos inclusive.

Artículo 251.a) del TRLGSS de 2015.

 

10.- ¿Cuál de los siguientes Títulos no forma parte de la estructura del vigente texto refundido de la ley General de la Seguridad Social de 2015?

  1. Título I: Normas generales del sistema de la Seguridad social.
  2. Título II: Régimen General de la Seguridad Social.
  3. Título III: Protección por desempleo.
  4. Título IV: Regímenes especiales de la Seguridad Social.

La nomenclatura literal del Título IV del TRLGSS de 2015 es “Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos” y no “Regímenes Especiales de la Seguridad Social”.

 

 


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