¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada?
1.- ¿En qué situaciones se mantiene la obligación de cotizar?
- Solo durante el período en el que el trabajador esté en alta en el Régimen correspondiente
- Durante situaciones de incapacidad temporal, prestaciones por nacimiento y cuidado del menor, y riesgo durante el embarazo y lactancia natural
- Solo durante situaciones de incapacidad temporal
- Durante situaciones de incapacidad temporal y prestaciones por nacimiento y cuidado del menor
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
2.- ¿Cuál es el tipo de cotización correspondiente a las contingencias comunes durante situaciones de incapacidad temporal, nacimiento o riesgos?
- El tipo de cotización correspondiente al mes natural anterior al de inicio de tales situaciones
- El tipo de cotización establecido para cada actividad económica, ocupación o situación
- El tipo de cotización general
- No se especifica el tipo de cotización
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
3.- ¿Qué tipo de trabajadores están sujetos a una cotización del 1% por contingencias profesionales?
- Trabajadores con contrato indefinido
- Trabajadores con contrato temporal a tiempo completo
- Trabajadores con contrato temporal a tiempo parcial
- Todos los trabajadores están sujetos a la misma cotización
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
4.- ¿Qué tipo de gastos de estudio tienen la consideración de retribución en especie?
- Los gastos de estudio exigidos por la norma, convenio colectivo o contrato de trabajo
- Los gastos de estudio exigidos por el desarrollo de las actividades de la empresa
- Los gastos de estudio exigidos por las características de los puestos de trabajo
- Ninguna de las anteriores
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
5.- ¿Qué tipo de contratos se asimilan a la contratación indefinida?
- Contratos fijos discontinuos
- Contratos de formación en alternancia
- Contratos de interinidad
- Todos los contratos temporales se asimilan a la contratación indefinida
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
6.- ¿Cuál es el tipo de contrato que no está sujeto a la cotización correspondiente al mecanismo de equidad intergeneracional (MEI)?
- Contratos fijos discontinuos
- Contratos de formación en alternancia
- Contratos de interinidad
- Todos los contratos están sujetos a la cotización correspondiente al MEI
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
7.- ¿Qué tipo de prestaciones no están cubiertas por el convenio especial?
- Prestaciones por contingencias comunes
- Prestaciones por contingencias profesionales
- Prestaciones por desempleo
- Todas las prestaciones están cubiertas por el convenio especial
Orden TAS/2865/2003, de 13 de octubre, por la que se regula el convenio especial en el Sistema de la Seguridad Social.
8.- ¿Qué porcentaje de cotización corresponde al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA)?
- 0,20%
- 0,70%
- 1,55%
- No se especifica el porcentaje de cotización
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
9.- ¿Qué tipo de prestaciones están cubiertas por el convenio especial?
- Prestaciones por contingencias comunes
- Prestaciones por contingencias profesionales
- Prestaciones por desempleo
- Todas las prestaciones están cubiertas por el convenio especial
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
10.- ¿Qué tipo de horas extraordinarias no se incluyen en la base reguladora de las prestaciones?
- Horas extraordinarias por fuerza mayor
- Horas extraordinarias por el resto de motivos
- Todas las horas extraordinarias se incluyen en la base reguladora de las prestaciones
- No se especifica el tipo de horas extraordinarias que se incluyen en la base reguladora de las prestaciones
Real Decreto 2064/1995, de 22 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento General sobre Cotización y Liquidación de otros Derechos de la Seguridad Social, además de la Ley General de Presupuestos del Estado y la Orden anual de cotización a la Seguridad Social.
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