¿Sabes que el Seguro Escolar puede protegerte en caso de accidente escolar?

Seguridad social accidente escolar

 El Seguro Escolar Obligatorio es un seguro que protege a los estudiantes menores de 28 años que cursan estudios oficiales desde 3º de Educación Secundaria Obligatoria (E.S.O.) hasta el final del tercer ciclo universitario. 

Este seguro cubre varios riesgos, incluyendo:


Accidentes escolares: Proporciona asistencia médica y farmacéutica, indemnizaciones económicas por incapacidad y gastos de sepelio.


Enfermedades: Incluye asistencia médica, farmacéutica y gastos de sepelio, así como tratamientos específicos como cirugía general, neuropsiquiatría, y otros.


Infortunio familiar: Ofrece prestaciones económicas en caso de fallecimiento del cabeza de familia o ruina familiar.


El seguro se paga junto con la matrícula escolar y no requiere trámites adicionales por parte del estudiante, ya que los centros educativos se encargan de gestionar el pago.


¿Cómo me protege el Seguro Escolar en caso de accidente relacionado con mis estudios?


Se entiende como accidente escolar toda lesión corporal que sufra el estudiante asegurado con ocasión de actividades relacionadas con sus estudios. Están incluidas la asistencia médica y farmacéutica, además de las indemnizaciones y pensiones por incapacidad. 


Esta prestación garantiza que los estudiantes que hayan sufrido un accidente escolar tendrán derecho a la asistencia médica y farmacéutica, además del suministro y renovación de los aparatos de prótesis y ortopédicos que se consideren necesarios, desde el momento del accidente y hasta que se halle en condiciones de volver a sus estudios dentro del plazo de un año o sea declarado incapacitado.


  • Si el accidente origina una incapacidad temporal, la asistencia se presta durante el plazo de un año desde la fecha del accidente escolar.
  • Si el accidente origina una gran invalidez o una incapacidad permanente absoluta, la asistencia médico-farmacéutica completa se presta hasta el alta médica y la declaración de la incapacidad.

¿Qué requisitos tengo que reunir para poder beneficiarme de la protección del Seguro Escolar en caso de accidente relacionado con mis estudios?


• Tener menos de 28 años, aunque el seguro escolar cubrirá todo el año escolar en el que el estudiante cumpla dicha edad.
• Ser español o extranjero con residencia legal en España.
• Estar matriculado en España y realizar estudios académicos cubiertos por el Seguro Escolar.
• Haber abonado la cuota correspondiente.
• El centro escolar debe certificar de forma fehaciente que los alumnos accidentados lo han sido como consecuencia de actividades que de forma previa y expresa han sido organizadas o autorizadas por aquéllos. 

¿Qué actividades se encuentran protegidas por el Seguro Escolar?


A los efectos de accidente escolar, se entenderán como actividades relacionadas de forma directa o indirecta con la condición de estudiante, las deportivas, las asambleas, los viajes de estudios, las prácticas, los viajes de fin de carrera o similares, siempre y cuando estas actividades hayan sido organizadas por los centros de enseñanza donde el asegurado realiza sus estudios. Se incluyen también las lesiones producidas por riñas entre estudiantes, siempre que no hayan sido ocasionadas por el accidentado. 


El accidente debe producirse dentro del horario habitual de clase, incluyéndose los descansos entre las mismas en los casos de existir jornada de mañana y tarde. Tendrán la misma consideración de accidente escolar el producido initinere. El seguro escolar queda exento de responsabilidad por accidente cuando este sea debido a fuerza mayor extraña a la actividad escolar.


¿Dónde puedo solicitar las prestaciones que pudieran corresponderme?


En cualquiera de los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social del INSS en el plazo máximo de 1 año desde que se produjo el accidente.

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