¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada?
1.- De acuerdo con lo establecido por
el artículo 12 de la Orden de 3 de abril de 1973 para la aplicación y
desarrollo del Decreto 298/1973, de 8 de febrero, sobre actualización del
Régimen Especial de la Seguridad Social para la Minería del Carbón, la base reguladora
de los subsidios de incapacidad temporal, debida a enfermedad común o accidente
no laboral, maternidad y de desempleo será:
-
La base
normalizada de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o
especialidad profesional que tuviera el trabajador al iniciarse dichas
situaciones.
- La base de cotización que corresponda, en cada momento, a la categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador el mes anterior al iniciarse dichas situaciones.
-
El promedio
de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la
categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos
180 días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones.
-
El promedio
de las bases normalizadas de cotización que correspondan, en cada momento, a la
categoría o especialidad profesional que tuviera el trabajador en los últimos 240
días anteriores al del mes de inicio de dichas situaciones.
2.- Conforme establece el artículo 75
del Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el
Real Decreto 1415/2004 de 11 de junio, en la reclamación de deuda emitida por
la Tesorería General de la Seguridad Social para la recaudación del recargo
sobre prestaciones se incluyen los intereses de capitalización devengados entre
la fecha de efectos económicos de la prestación y la fecha:
-
De la
emisión de la reclamación de deuda.
-
De la
notificación de la reclamación de deuda.
-
Del pago
total de la deuda.
-
De la
publicación del acta de liquidación.
3.- Señala el artículo 166.2 del texto
refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre que también tendrá la consideración de
situación asimilada a la de alta, con cotización, salvo en lo que respecta a los
subsidios por riesgo durante el embarazo y por riesgo durante la lactancia
natural:
-
La
situación del trabajador durante el período correspondiente a vacaciones
anuales retribuidas que no hayan sido disfrutadas por el mismo con anterioridad
a la finalización del contrato.
-
La
situación del trabajador durante el período correspondiente a casos de
excedencia voluntaria, en lo que se refiere a las situaciones de cumplimiento
de deberes de carácter público.
-
La
situación del trabajador durante el período correspondiente a vacaciones
anuales retribuidas que hayan sido disfrutadas por el mismo con anterioridad a
la finalización del contrato y a casos de excedencia voluntaria por
cumplimiento de deberes de carácter público.
-
La
situación del trabajador durante el período correspondiente a casos de
excedencia obligatoria, en lo que se refiere a las situaciones de cumplimiento
de deberes de carácter social.
4.- A efectos de acreditar el periodo
mínimo de cotización exigible establecido en el artículo 205.1.b), del Texto
Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real Decreto
Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, para poder causar la pensión de
jubilación serán computables:
-
Las
cotizaciones efectuadas por el Servicio Público de Empleo Estatal durante el
percibo del subsidio para mayores de 52 años establecido en el art. 280 del
TRLGSS.
-
Los días
asimilados correspondientes al beneficio por cuidado de hijos o menores
acogidos establecido en el art. 236 del TRLGSS.
-
El período
de descanso por nacimiento y cuidado de menor que subsista a la fecha de
extinción del contrato de trabajo.
-
Las
cotizaciones efectuadas por el Servicio Público de Empleo Estatal durante el
percibo del subsidio para mayores de 55 años establecido en el art. 280 del
TRLGSS.
5.- Según establece el artículo 46 del
Reglamento General de Recaudación de la Seguridad Social, aprobado por el Real
Decreto 1415/2004 de 11 de junio, frente a los actos de gestión recaudatoria de
la Tesorería General de la Seguridad Social, las Administraciones publicas:
-
Pueden
interponer recurso administrativo de alzada exclusivamente.
-
Pueden
interponer recurso administrativo de alzada, reposición y revisión.
-
No pueden
formular recurso administrativo.
-
Pueden
interponer reclamación previa.
6.- De conformidad con el artículo 8 del Reglamento (CE) N.º 883/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2004, sobre la coordinación de los sistemas de seguridad social, ¿cuál es la relación entre el presente Reglamento y otros instrumentos de coordinación?
- El Reglamento sustituirá a cualquier otro convenio de seguridad social aplicable entre los Estados miembros. No obstante, continuarán siendo de aplicación determinadas disposiciones de convenios de seguridad social anteriores, siempre que resulten más favorables y tengan un efecto temporal limitado.
- El
Reglamento sustituirá a cualquier otro convenio de seguridad social aplicable
entre los Estados miembros, sin que en ningún caso sea posible la aplicación de
disposiciones de convenios de seguridad social anteriores.
- Continuará siendo de aplicación cualquier otro convenio de seguridad social aplicable entre los Estados miembros.
- Continuará siendo de aplicación cualquier otro reglamento bilateral de seguridad social aplicable entre los Estados miembros.
7.- La Disposición Adicional Segunda
del Real Decreto-ley 16/2022, de 6 de septiembre, para la mejora de las
condiciones de trabajo y de Seguridad Social de las personas trabajadoras al
servicio del hogar, establece que el empleador asumirá las obligaciones en
materia de encuadramiento y cotización, cuando aquellas presten sus servicios
durante menos de 60 horas mensuales:
-
A partir
del 1 de marzo de 2023.
-
A partir de
1 de octubre de 2022.
-
A partir
del 1 de enero de 2023.
-
A partir
del 1 de enero de 2024.
8.- De acuerdo con el artículo 187 del
texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por Real
Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, la gestión y el pago de la
prestación económica por riesgo durante el embarazo corresponderá:
-
A la
entidad gestora o a la mutua colaboradora con la Seguridad Social en función de
la entidad con la que la empresa tenga concertada la cobertura de los riesgos
profesionales.
-
En
cualquier caso, a la Tesorería General de la Seguridad Social
-
En
cualquier caso, a la Mutua colaboradora con la Seguridad Social.
-
En
cualquier caso, al Servicio Público de Empleo Estatal.
9.- Según lo dispuesto en el artículo 7
del Real Decreto 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados
aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en
los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración, el facultativo
que expida el parte médico de baja, confirmación o alta:
-
Entregará a
la persona trabajadora dos copias del mismo, una para el interesado y otra con
destino a la empresa.
-
Entregará a
la persona trabajadora tres copias del mismo, una para el interesado, otra para
la Mutua Colaboradora con la Seguridad Social y la tercera copia con destino a
la empresa.
-
Entregará a
la persona trabajadora tres copias del mismo, una para el interesado, otra para
el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la tercera copia con destino a
la empresa.
-
Entregará a
la persona trabajadora una copia de éste.
10. ¿Qué órgano es el competente para
la elaboración del presupuesto monetario para atender las obligaciones del
sistema de Seguridad Social? (Real Decreto 696/2018, de 29 de junio, por el que
se aprueba el Reglamento general de la gestión financiera de la Seguridad
Social).
-
La
Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
-
La
Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
-
La
Tesorería General de la Seguridad Social.
-
El Gobierno
de la Nación.
|
1 |
2 |
3 |
4 |
5 |
6 |
7 |
8 |
9 |
10 |
|
A |
A |
A |
C |
C |
A |
C |
A |
D |
C |
Preguntas extraídas del ejercicio extraordinario (promoción interna – primer ejercicio) de las pruebas selectivas para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y promoción interna, al cuerpo de Gestión de la Administración de la Seguridad Social, convocadas por Resolución de 12 de abril de 2023.

0 Comentarios