¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada?
1.- Las cotizaciones exigibles en el R.E. de Autónomos, ingresadas con anterioridad a la formalización del alta:
- No son válidas a efectos de prestaciones.
- Son válidas a efectos de prestaciones cuando hayan sido ingresadas con los recargos que legalmente procedan.
- Al estar ingresadas, son válidas todas las cotizaciones a efectos de prestaciones.
- Todas las respuestas anteriores son incorrectas.
2.- Con carácter general, los trabajadores que causen baja en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos:
- Podrán percibir la correspondiente prestación de desempleo.
- Quedarán en situación de baja y no podrán acceder a prestaciones.
- Quedarán en situación asimilada a la de alta durante 90 días naturales siguientes al último día del mes de su baja, a efectos de poder causar derecho a pensiones.
- Quedarán en situación de alta durante 90 días naturales siguientes al último día del mes de su baja, a efectos de poder causar derecho a pensiones.
3.- En relación con la gestión de las prestaciones económicas por nacimiento, ¿cómo se abona el pago del subsidio especial en caso de parto múltiple?
- Por periodos vencidos.
- En un solo pago al término del periodo de seis semanas posteriores al parto.
- En un solo pago al término del periodo de dieciséis semanas posteriores al parto.
- En un solo pago al término del periodo de dieciocho semanas posteriores al parto.
4.- Los empresarios del R.E. de la minería del carbón, respecto a sus trabajadores, además de las obligaciones generales en materia de alta y baja, tienen que remitir a la TGSS:
- Los días que los trabajadores hayan faltado al trabajo por causas que no sean las que tengan por motivo las autorizadas por las normas laborables correspondientes con derecho retribución.
- Unas relaciones de los trabajadores que hayan realizado mayor esfuerzo.
- No tienen que presentar ninguna documentación complementaria de las relaciones generales de sus trabajadores.
- Unas relaciones sobre los trabajadores accidentados sin gravedad.
5.- Se expedirá acta de liquidación en los siguientes supuestos:
- Falta de afiliación o alta de trabajadores.
- Diferencias de cotización por trabajadores dados de alta.
- Derivación de la responsabilidad del sujeto obligado al pago.
- Todas las respuestas anteriores son correctas.
6.- ¿Cuándo se devenga la pensión de jubilación en RETA?
- El día siguiente a su solicitud siempre que esta se presente dentro de los tres meses siguientes a la fecha en que se entiende causada.
- El último día del mes en que se entienda causada su prestación.
- El día siguiente al del hecho causante (es decir, el día que surta efectos la baja en el régimen), siempre que la solicitud sea presentada dentro de los tres meses siguientes al de la referida fecha.
- El día primero del mes de la fecha en que se haya causado, siempre que la solicitud se presente dentro de los tres meses siguientes a la referida fecha.
7.- A efecto exclusivo de poder causar pensión de jubilación dentro del RE de la Minería del Carbón, los pensionistas de Incapacidad permanente total del mismo se consideran:
- Como procedentes de pasivo.
- En situación de no alta.
- En convenio especial.
- En situación asimilada al alta.
8.- La prestación de infortunio familiar del seguro escolar:
- Es incompatible con otra beca escolar que supere el salario mínimo interprofesional.
- Es compatible con cualquier otra beca escolar
- Solamente se reconoce a las familias numerosas
- Se reconoce a todos los estudiantes extranjeros que están matriculados en España, independientemente del país de origen.
9.- Las solicitudes de reconocimiento de prestaciones económicas por incapacidades laborales corresponde tramitarlas:
- Al Director General del INSS.
- Al Director Provincial del INSS.
- Al Director Provincial del Servicio de Inspección sanitaria.
- Al Secretario de Estado de Seguridad Social.
10.- En materia de cotización, el R.E. de la Minería del Carbón, tiene la siguiente especialidad:
- La cotización por contingencias comunes se realiza por bases normalizadas.
- Los tipos de cotización son diferentes a los fijados para el Régimen General.
- Durante la situación de Incapacidad temporal no existe obligación de cotizar.
- La cotización adicional por horas extraordinarias se computa a efectos de determinar la base reguladora de las prestaciones.
11.- La resolución del recurso de alzada interpuesto contra una reclamación de deuda es competencia del:
- Jefe de la Unidad de Inspección de trabajo y seguridad social adscrita a la Dirección provincial de la TGSS.
- Director provincial de la TGSS.
- Director provincial de Trabajo y Seguridad Social.
- Consejería o departamento de trabajo y Seguridad Social de la comunidad autónoma correspondiente.
12.- ¿Cuál de estas afirmaciones sobre la iniciación del procedimiento para reconocer las prestaciones económicas de incapacidad permanente es incorrecta?
- Se podrá iniciar de oficio por las Direcciones provinciales del INSS o, en su caso, del Instituto Social de la Marina.
- Se podrá iniciar a solicitud del interesado.
- Se podrá iniciar a solicitud de las Entidades colaboradoras de Seguridad Social.
- Se podrá iniciar a solicitud del empresario, previo informe del Médico de Empresa o unidades de Medicina laboral de la empresa.
13.- Con carácter general, la responsabilidad del cumplimiento de la obligación de cotizar en el Régimen General de la Seguridad Social, corresponde:
- Únicamente al trabajador, que ingresará las aportaciones propias y las de su empresario.
- Al empresario y al trabajador como responsables individuales, cada uno de las cuotas que le correspondan.
- Si el empresario no ingresa las cuotas, debe hacerlo el trabajador.
- Únicamente al empresario, que ingresará las aportaciones propias y las de sus trabajadores.
14.- Los trabajadores autónomos deben ingresar las cuotas en la TGSS:
- Dentro del mes siguiente al que corresponden.
- Dentro del mismo mes al que corresponden.
- Dentro de los tres meses siguientes al que corresponden.
- Pueden optar por ingresarlas mensualmente, semestralmente o por años anticipados.
15.- En el R.E. de Trabajadores Autónomos, la cobertura de la Incapacidad temporal es:
- Voluntaria.
- Obligatoria.
- Depende del sector de encuadramiento.
- Es obligatoria y puede concertarse con el INSS o con una Mutua Colaboradora con la Seguridad social.
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