Test completo Seguridad Social Marzo 2023

TEST COMPLETO SEGURIDAD SOCIAL

¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada?

1.- En caso de accidente de trabajo, si la relación de empleo se ha celebrado en contra de una prohibición legal, ¿tiene derecho la víctima a la prestación de asistencia sanitaria?

  1. Sí, siendo el empresario infractor el obligado a prestar la asistencia sanitaria.
  2. La asistencia sanitaria será prestada por la Entidad aseguradora de los riesgos de AT/EP y el empresario vendrá obligado a reintegrar el importe de los gastos.
  3. Al estar viciada la relación laboral no tiene derecho a la asistencia sanitaria derivada de accidente de trabajo.
  4. La asistencia sanitaria se prestará en caso de accidente laboral por el sistema de Seguridad social a su exclusivo cargo al tratarse de un supuesto de situación asimilada al alta.

2.- En caso de prestación por nacimiento y cuidado del menor, ante el fallecimiento de la madre biológica, la efectivad de este derecho para el padre comenzará:

  1. Desde la fecha de inicio de la suspensión laboral.
  2. Desde el día siguiente al del inicio de la suspensión laboral.
  3. Desde el fallecimiento de la madre.
  4. Desde el día siguiente al del fallecimiento de la madre.

3.- La prestación de incapacidad temporal se extingue:

  1. Por el transcurso del plazo máximo de quinientos cuarenta y cinco días naturales desde la baja médica.
  2. Por fallecimiento.
  3. Por concesión de la pensión de jubilación.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

4.- En los procesos de incapacidad temporal cuya gestión corresponda al servicio público de salud y su duración prevista sea superior a 30 días naturales, el segundo parte de confirmación de la baja irá acompañado de…

  1. Un informe médico complementario expedido por la inspección de servicios sanitarios del servicio público de salud, que recogerá las dolencias padecidas por el trabajador, el tratamiento médico prescrito, las pruebas médicas en su caso realizadas, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional del interesado.
  2. Un informe médico complementario expedido por el facultativo que haya extendido el parte anterior, que recogerá las dolencias padecidas por el trabajador, el tratamiento médico prescrito, las pruebas médicas en su caso realizadas, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional del interesado.
  3. Un informe médico complementario expedido por el facultativo de la MCSS, que recogerá las dolencias padecidas por el trabajador, el tratamiento médico prescrito, las pruebas médicas en su caso realizadas, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional del interesado.
  4. Un informe médico complementario expedido por el facultativo del INSS, que recogerá las dolencias padecidas por el trabajador, el tratamiento médico prescrito, las pruebas médicas en su caso realizadas, la evolución de las dolencias y su incidencia sobre la capacidad funcional del interesado.

5.- El reconocimiento de la condición de beneficiario de la prestación de asistencia sanitaria para las contingencias derivadas de enfermedad común y accidente no laboral, corresponde a:

  1. El INGESA y el Instituto Social de la Marina, respecto a los trabajadores del MAR.
  2. El INGESA y el órgano competente de las CCAA.
  3. El Instituto Nacional de la Seguridad Social.
  4. La Tesorería General de la Seguridad Social.

6.- Cuando un trabajador por cuenta ajena sufre un accidente laboral y está en situación de pluriempleo, ¿Cuál de los que se relacionan a continuación es el tratamiento correcto?

  1. El subsidio correspondiente a las empresas en que no se accidentó se entenderá debido a accidente no laboral.
  2. El subsidio correspondiente a las distintas empresas se entiende derivado de accidente de trabajo y el responsable es la aseguradora de la empresa en que sufrió el siniestro.
  3. El subsidio correspondiente a las empresas en que no se accidentó, se entiende debido a enfermedad común.
  4. El subsidio correspondiente a las distintas empresas se entiende derivado de accidente de trabajo, respondiendo colectiva y proporcionalmente las distintas aseguradoras.

7.- La Ley General de Seguridad Social incluye en su ámbito de aplicación:

  1. A todos los españoles y extranjeros que tengan establecida su residencia en territorio nacional.
  2. Solamente a los ciudadanos españoles.
  3. A todos los ciudadanos españoles y de países de la Unión Europea.
  4. A todos los españoles que tengan la condición de trabajador.

8.- El pago por la empresa de la prestación de incapacidad temporal derivada de enfermedad común o accidente no laboral en régimen de colaboración voluntaria se satisfará:

  1. A partir del día 21º de baja médica
  2. A partir del día 14º de baja médica
  3. A partir del día 16º de baja médica
  4. A partir del día 15º de baja médica

9.- Durante un determinado mes, ¿cuál es el número de días durante los que se abonan los subsidios de incapacidad temporal o de prestaciones por nacimiento?

  1. Estas prestaciones se devengan diariamente y, por tanto, durante 28, 29, 30 o 31 días según el mes que corresponda.
  2. Cuando las retribuciones del trabajador tengan carácter mensual, el subsidio que las sustituye se abonará por 30 días.
  3. Con independencia del carácter diario o mensual de las retribuciones, el subsidio corresponde a un mes íntegro equivalente a 30 días.
  4. Durante el periodo de pago delegado se abona la prestación en función del número de días naturales y en pago directo, las mensualidades completas equivalente en todo caso a 30 días de subsidio.

10.- En caso de prestación por nacimiento y cuidado del menor, en los supuestos de adopción internacional, cuando sea necesario el desplazamiento previo de los padres al país de origen del adoptado, podrá iniciarse el subsidio…

  1. Hasta 10 semanas antes de la resolución por la que se constituya la adopción.
  2. Hasta 4 semanas antes de la resolución por la que se constituya la adopción.
  3. Hasta un mes antes de la resolución por la que se constituya la adopción.
  4. Hasta 30 días antes de la resolución por la que se constituya la adopción.

11.- En el supuesto de prestaciones por nacimiento y cuidado del menor, en los casos de adopción o acogimiento, el descanso podrá iniciarse:

  1. A partir de la resolución judicial por la que se constituye la adopción, o a partir de la decisión administrativa de guarda con fines de adopción o de acogimiento.
  2. A partir del día siguiente al de recepción por el interesado de la correspondiente resolución judicial o decisión administrativa causante del derecho
  3. En una fecha anterior a las indicadas, si el trabajador ha empezado ya el descanso al conocer de forma oficiosa la resolución judicial o decisión administrativa.
  4. Todas las respuestas anteriores son correctas.

12.- La prestación económica por riesgo durante el embarazo en el régimen general de la seguridad social consiste en un subsidio equivalente al:

  1. 100 por 100 de la base reguladora que resulte de dividir por 365 las bases de cotización de la trabajadora durante el año inmediatamente anterior al HC.
  2. 75 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
  3. 75 por 100 de la base reguladora que resulte de dividir por 365 las bases de cotización de la trabajadora durante el año inmediatamente anterior.
  4. 100 por 100 de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

13.- En el caso del trabajador incluido en el Régimen general de la Seguridad Social con un contrato para la formación o aprendizaje, la base reguladora de la prestación de incapacidad temporal será:

  1. Por las contingencias de AT/EP, el 100% de la base mínima de cotización que corresponda. Por enfermedad común y accidente no laboral, el 75% de la base mínima de cotización que corresponda.
  2. Por cualquier contingencia, el 75% de la base mínima de cotización que corresponda.
  3. Por cualquier contingencia, el 100% de la base mínima de cotización del Régimen General.
  4. Por las contingencias de AT/EP, el 75% de la base mínima de cotización que corresponda. Por Enfermedad común y accidente no laboral el 50% de la base mínima de cotización que corresponda.

14.- En el Régimen General de la Seguridad Social, la “Relación de accidentes de trabajo ocurridos sin baja médica” deberá cumplimentarse por el empresario:

  1. Semanalmente.
  2. Quincenalmente.
  3. Trimestralmente.
  4. Mensualmente.

15.- El facultativo adscrito al INSS, tras el reconocimiento a un trabajador que se encuentra en situación de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes antes del cumplimiento de los 365 días , si aprecia que dicho trabajador no está impedido para el trabajo, deberá…

  1. Expedir inmediatamente el parte de alta médica, a todos los efectos.
  2. Al no tener competencia para actuar, deben solicitar a la Inspección médica u órgano similar del servicio público de salud correspondiente, que expida el parte de alta médica a todos los efectos.
  3. Al no tener competencia para actuar, su decisión no es vinculante.
  4. Al no tener competencia para actuar, deben ponerse en contacto con el facultativo del servicio médico de salud que expidió el parte médico de baja del trabajador para que extienda el correspondiente parte médico de alta a todos los efectos.

16.- ¿En cuál de los siguientes supuestos, las empresas podrán trasladar en cualquier momento la obligación del pago directo de la prestación por Incapacidad temporal a la correspondiente Entidad Gestora o, en su caso, a la MCSS por cuya delegación vinieran efectuando?

  1. Cuando empleen más de 10 trabajadores y lleven más de seis meses consecutivos pagando alguno de ellos la prestación económica por incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa.
  2. Cuando empleen menos de 10 trabajadores y lleven más de seis meses consecutivos pagando alguno de ellos la prestación económica por incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa.
  3. Cuando empleen menos de 10 trabajadores y lleven menos de seis meses consecutivos pagando alguno de ellos la prestación económica por incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa.
  4. Cuando empleen más de 10 trabajadores y lleven menos de seis meses consecutivos pagando alguno de ellos la prestación económica por incapacidad temporal, cualquiera que sea su causa.

17.- Son asegurados del derecho a la prestación de asistencia sanitaria:

  1. Todos los españoles.
  2. Los trabajadores por cuenta ajena.
  3. Todos los españoles y extranjeros que residan en territorio nacional.
  4. Los trabajadores afiliados y en alta o situación asimilada al alta, los pensionistas y los perceptores de prestaciones periódicas.

18.- No comparecer, salvo causa justificada, a los reconocimientos médicos ordenados por las entidades gestoras o colaboradoras, en los supuestos así establecidos, así como no presentar ante las mismas los antecedentes, justificantes o datos que no obren en la entidad, cuando a ello sean requeridos y afecten al derecho a la continuidad en la percepción de la prestación, constituye falta…

  1. Leve
  2. Grave
  3. Muy grave
  4. No existe infracción.

19.- Cuando se trata de trabajadores a tiempo parcial, el subsidio por incapacidad temporal se devenga desde el nacimiento del derecho…

  1. Durante todos los días en los que el trabajador permanezca en esta situación.
  2. Durante los días contratados en los que el trabajador se mantenga en la situación de incapacidad temporal.
  3. Durante todos los días en los que el trabajador permanezca en esta situación, cuando se abona directamente por una entidad gestora o una MCSS.
  4. Durante todos los días en los que el trabajador permanezca en esta situación cuando la prestación se abona por la empresa en concepto de pago delegado.

20.- Los Presidentes, vocales y suplentes de las mesas electorales tendrán derecho a la prestación de incapacidad temporal…

  1. Quedan protegidos por el Sistema de Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones. A estos efectos se considerarán, durante el ejercicio de su función, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen General para la contingencia de accidentes de trabajo.
  2. Quedan protegidos por el Sistema de Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones. A estos efectos se considerarán, durante el ejercicio de su función, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen General para la contingencia de enfermedad común.
  3. Quedan protegidos por el Sistema de Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones. A estos efectos se considerarán, durante el ejercicio de su función, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen General para la contingencia de accidentes accidente no laboral.
  4. Quedan protegidos por el Sistema de Seguridad Social frente a las contingencias y situaciones que puedan derivarse de su participación en las elecciones. A estos efectos se considerarán, durante el ejercicio de su función, como asimilados a trabajadores por cuenta ajena del Régimen General para todas las contingencias.

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1.- Art. 166.4 TRLGSS.
2.- Art. 8 RD 295/2009, de 6 de marzo (son permisos independientes).
3.- Art. 174 TRLGSS.
4.- Art. 4 del RD 625/2014, de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos por incapacidad temporal en los primeros trescientos sesenta y cinco días de su duración.
5.- Art 3 bis de la ley 16/2003, de 28 de mayo, añadido por el art 1, 2 del RDL 16/2012 de 20 de abril. OJO: el Real Decreto-ley 7/2018, de 27 de julio, sobre acceso universal al Sistema Nacional de Salud aún no ha desplegado plenamente sus efectos.
6.- Resoluciones de 11-06-1973 y 04-07-1996, de la Dirección General de la Seguridad Social y de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social.
7.- Art. 7.1 TRLGSS.
8.- Art. 173 TRLGSS.
9.- Art. 173.2 TRLGSS.
10.- Art. 178 LGSS, Art. 48.5 ET.
11.- Art. 178 LGSS, Art. 48.5 ET.
12.- Art 187 LGSS 2015; RD 295/2009, de 6 de marzo.
13.- RD 1529/2012; RD 63/2006; RD 1493/2011; RD 1543/2011; RD 592/2014; RD 395/2007; RD 103/2019; Orden ESS/106/2014 de Cotización.
14.- Orden Ministerial del 16-12-1987, modificada por Orden TAS/2926/2002, de 19 de noviembre.
15.- Disposición adicional quincuagésima segunda de la LGSS añadida por el número cinco de la disposición adicional decimonovena de la ley 35/2010 de 17 de septiembre, de medidas urgentes para la reforma del mercado de trabajo.
16.- Art. 16.2 OM 25.11.1966.
17.- Artículo 2.1.a RD 1192/2012.
18.- Art. 25 Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social.
19.- Art. 173.2 TRLGSS.
20.- Art.7 RD 605/1999, de 16 de abril.

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