Aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social. Brasil.

 

Convenio de seguridad social con Brasil

La Gestión de Reconocimiento de Derechos y Concesión de Beneficios por Enfermedades Mentales dentro de las relaciones bilaterales hispano-brasileñas. Asistencia Técnica de Cooperación Internacional en aplicación del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil. Jornadas hispano – brasileñas. Brasilia. Junio 2023.

Además de relaciones económicas y comerciales, existen fuertes vínculos históricos y demográficos entre España y Brasil. En la actualidad, más de 15 millones de brasileños son de ascendencia española debido a la alta tasa de emigración durante los primeros albores del siglo XX, motivado por la próspera industria cafetera brasileña y la precaria situación económica española de aquel momento.


Actualmente, aunque la inmigración brasileña en España es menos representativa que la procedente de otros países, los vínculos culturales que unen a los dos países son de gran importancia.


Con la finalidad de proteger el derecho a la libre circulación de los trabajadores migrantes y fomentar la totalización de cotizaciones, España y Brasil han firmado los siguientes tratados internacionales:


Convenio de Seguridad Social entre el Reino de España y la República Federativa de Brasil, hecho en Madrid el 16 de mayo de 1991. En vigor desde el 1 de febrero de 1992. Además del Convenio Complementario, que se aplica desde el 1 de junio de 2002 y está referido a cuestiones eminentemente técnicas.


Este convenio incluía en su campo de aplicación material tanto pensiones como prestaciones a corto plazo (defunción, nacimiento o incapacidad temporal). Además de asistencia sanitara para trabajadores desplazados o estancias temporales. 

En cuanto a su campo de aplicación personal, destacar que se supera el principio de nacionalidad y se sustituye por el de profesionalidad, siendo de aplicación a todos los trabajadores, cualquiera que sea su nacionalidad, que estén o hayan estado sujetos a la legislación de uno o de los dos países, así como a sus familiares y supervivientes. 


Asimismo se aplica a los trabajadores refugiados y a los apátridas, que estén o hayan estado sujetos a la legislación de uno o de los dos países, así como a los miembros de su familia y a sus supervivientes. 


No se aplica a los Funcionarios públicos, civiles y militares, encuadrados en el Régimen Especial. Tampoco se aplica a los Estudiantes.


A partir del 19 de mayo de 2011, fecha de aceptación por parte de Brasil del Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social (CMISS), las relaciones hispano-brasileñas en materia de pensiones por jubilación, incapacidad o supervivencia, además de las contingencias profesionales, quedan supeditadas al campo de aplicación del CMISS, cuyas cláusulas resultan más favorables que las incluidas en el tratado de 1991.


Con la publicación del Convenio Complementario de Revisión del Convenio de Seguridad Social entre España y Brasil, vigente desde el 1 de marzo de 2018, se eliminan del campo de aplicación las prestaciones a corto plazo y la asistencia sanitaria, quedando en vigor únicamente el auxilio por defunción (a cargo del país de fallecimiento, como regla general), además de las prestaciones recogidas en el CMISS.


¿Qué implica la existencia de convenios bilaterales o multilaterales celebrados por España en materia de Seguridad Social?


La firma de estos convenios garantiza la protección de derechos del trabajador migrante: igualdad de trato con el nacional del país donde se desarrolla la actividad, el establecimiento de una regulación clara sobre la normativa aplicable, conservación de derechos adquiridos (poder percibir el cobro de beneficios en el país de residencia) o la conservación de derechos en curso de adquisición (totalización de cotizaciones realizadas en todos los países y aplicadas como si hubieran sido realizadas en el país que calcula el beneficio).


Gracias al trabajo coordinado entre el @minprevidencia, @PrevOficial de Brasil e @inclusiongob de España, se ha celebrado en la ciudad de Brasilia una asistencia técnica de cooperación internacional en la que he tenido el placer de participar. Hemos puesto en común la diferente normativa española y brasileña en materia de pericia médica y valoración de incapacidades en aplicación de los tratados internacionales suscritos por ambos países. Maravillosa experiencia y mi gratitud a las Entidades organizadoras. @Comunicacióninstitucional #INSS.


Querido lector, este post ha sido elaborado el 17 de julio de 2023. Debes tener en cuenta que no recoge posibles modificaciones normativas posteriores.


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