Supuesto práctico de Seguridad Social: Ingreso Mínimo Vital.
Este supuesto práctico es original de @diazmordillo, queda prohibido cualquier uso con fines comerciales sin permiso expreso de la autora.
1.- María y Miguel se casaron hace dos años. Por motivos económicos, residen desde entonces con Eladia, madre de María, que es viuda. María y Miguel han sido padres de Esteban, nacido el 4-02-2024. Eladia decide irse a vivir a su casa del pueblo, empadronándose allí el 29 de febrero de 2024.
Ya sin los ingresos de Eladia, María y Miguel desean solicitar el ingreso mínimo vital. ¿A partir de qué fecha podrán hacerlo para entender cumplido el requisito de constitución válida de la unidad de convivencia?
- Desde el 4 de febrero de 2024, fecha de nacimiento de su hijo.
- Desde el momento en que así lo estimen necesario, ya que reúnen el requisito de convivencia estable y notoria.
- Desde el 29 de febrero de 2024.
- Desde el 1 de septiembre de 2024.
2.- Ramón y Patricia vivían con los padres de ella desde que se casaron hace tres años. Ramón acaba de heredar la casa de sus padres y deciden irse a vivir allí, empadronándose en el nuevo domicilio el 31 de enero de 2024. Ramón y Patricia reúnen los requisitos para tener derecho al ingreso mínimo vital, ¿a partir de qué fecha podrán solicitarlo para cumplir con el requisito de convivencia ininterrumpida?
- Podrían haberlo solicitado desde su matrimonio, pues los ingresos de los padres, aún conviviendo con ellos, no serían tenidos en cuenta con la constitución de la nueva unidad familiar.
- Desde el momento en que así lo estimen conveniente porque están casados.
- Desde el 1 de agosto de 2024.
- Desde el 31 de enero de 2024.
3.- Ramón y Patricia han tenido un hijo, pero las cosas no van bien en su matrimonio. Patricia decide abandonar el domicilio de Ramón y empadronarse nuevamente con sus padres. Patricia y su hijo se empadronan en el nuevo domicilio el 15 de julio de 2024, ¿Deben respetar en este caso el periodo de espera de seis meses para poder volver a solicitar el Ingreso Mínimo Vital por la nueva unidad de convivencia?
- Si, en estos casos se requiere el plazo de espera de seis meses desde el cese en la convivencia con el otro progenitor, para poder solicitar IMV.
- Estos supuestos están exentos del requisito de espera de seis meses.
- Si, en estos casos se requiere el plazo de espera de tres meses desde el cese en la convivencia con el otro progenitor, para poder solicitar IMV.
- Estos supuestos están exentos del requisito de espera de tres meses.
4.- Manuel es soltero, tiene 52 años y en los últimos 10 años se dedicó en cuerpo y alma al cuidado de su padre enfermo. Una vez fallecido su padre, le ha sido reconocida la pensión en favor de familiares el 31 de julio de 2023. El 14 de julio de 2024 decide solicitar también el ingreso mínimo vital, pues reúne todos los requisitos para ello. Cuando le llega la resolución a su petición, queda sorprendido con la respuesta:
- La resolución de Ingreso mínimo vital será, en todo caso, denegatoria porque ambas prestaciones son incompatibles.
- La resolución de ingreso mínimo vital será, en todo caso, aprobatoria porque ambas prestaciones son compatibles.
- En caso de cumplir los requisitos necesarios para causar derecho a ambas prestaciones, dado que la pensión en favor de familiares es incompatible con otras pensiones o prestaciones de Seguridad Social, tendrá que optar por una de ellas.
- La resolución de ingreso mínimo vital será, en todo caso, aprobatoria porque ambas prestaciones son compatibles. No obstante, al importe del ingreso mínimo vital se le descontará el importe de la pensión en favor de familiares.
5.- Javier percibe la pensión de favor de familiares por el fallecimiento de su padre. Javier convive con su sobrino Alberto porque no pueden hacer frente a los gastos de un alquiler en solitario. Alberto acaba de solicitar el IMV y, teniendo en cuenta todos los ingresos de la unidad de convivencia, le ha sido reconocido. ¿Qué ocurrirá con la pensión de favor de familiares que percibe su tío Javier?
- La concesión del IMV extinguirá, en todo caso, la prestación de favor de familiares porque prevalece sobre esta.
- La concesión del IMV no tendrán ningún efecto sobre la prestación de favor de familiares.
- La concesión del IMV minora proporcionalmente la prestación en favor de familiares.
- Al serle concedido el IMV, Javier, como miembro de la unidad de convivencia, tendrá que optar entre el IMV o la prestación en favor de familiares que percibe.
6.- Pablo es hijo de Maribel. Cuando Maribel queda viuda deciden ocupar un par de habitaciones en casa de Segunda, amiga íntima de Maribel, hasta que encuentren una nueva vivienda que puedan pagar con la pensión de viudedad de Maribel. El marido de Maribel ha fallecido el 7 de febrero de 2023 y se han mudado a casa de Segunda el 1 de julio de 2023.
El 15 de marzo de 2024 se empadronan en la nueva vivienda de protección oficial que les ha sido asignada, ¿a partir de qué fecha se entenderá cumplido el requisito previo de convivencia de seis meses a efectos de Ingreso Mínimo Vital?
- Desde el 7 de febrero de 2023.
- Desde el 7 de julio de 2023.
- Desde el 15 de marzo de 2024.
- Desde el 16 de septiembre de 2024.
7.- Juan y Jimena se divorciaron el 14 de julio de 2019. La guarda y custodia inicial de María, la hija de ambos, se atribuyó inicialmente a la madre. El 21 de marzo de 2024 ha recaído nueva resolución en la que se cambia el régimen de guarda y custodia, atribuyéndose ahora la custodia al padre. Juan empadrona a su hija María con él el 1 de abril de 2024, ¿en qué fecha se entenderá válidamente constituida la nueva unidad de convivencia a efectos de percibir el Ingreso Mínimo Vital?
- El 1 de abril de 2024, quedando exento del requisito de espera de seis meses.
- El 1 de abril de 2024, quedando exento del requisito de espera de seis meses, ya que el cambio de empadronamiento de la menor ha venido motivado por una modificación del régimen de guarda y custodia, debiendo haber quedado recogida tal circunstancia en la perceptiva resolución.
- El 1 de octubre de 2025, debiendo cumplir el requisito del cumplimiento de los seis meses de constitución previa de la unidad de convivencia.
- Juan no podrá solicitar el ingreso mínimo vital hasta el 1 de enero de 2025, fecha en la que se entenderá cumplido, en todo caso, el requisito de convivencia previa.
8.-Manoli y Miguel viven con sus hijos Rocío y Sergio, desde su nacimiento. Rocío ha iniciado sus estudios en la universidad y ha conocido a Gisela, de nacionalidad alemana, que ha venido a España a terminar su último año de carrera. Rocío le ha planteado a sus padres que Gisela está buscando una habitación para alquilar durante este curso. A Manoli, madre de Rocío, le ha parecido muy buena idea alquilar una de sus habitaciones a Gisela y ganar así un dinerillo extra. Gisela empieza a vivir con ellos el 14 de junio de 2024.
El 13 de julio de 2024, Manoli y Miguel han solicitado el ingreso mínimo vital, ¿cuál crees que será la respuesta del INSS en relación con la constitución de la unidad de convivencia?
- El INSS ha informado al matrimonio que, si reúnen el resto de los requisitos, no será necesario que se acrediten seis meses desde la llegada de Gisela para solicitar el ingreso mínimo vital.
- El INSS ha informado al matrimonio que, si reúnen el resto de los requisitos, será absolutamente necesario que se acrediten seis meses desde la llegada de Gisela para solicitar el ingreso mínimo vital.
- El INSS ha informado al matrimonio que, si reúnen el resto de los requisitos, no será necesario que se acrediten doce meses desde la llegada de Gisela para solicitar el ingreso mínimo vital.
- El INSS ha informado al matrimonio que, si reúnen el resto de los requisitos, será absolutamente necesario que se acrediten doce meses desde la llegada de Gisela para solicitar el ingreso mínimo vital.
9.- Lucía y Ramón viven con sus tres hijos. Son perceptores del ingreso mínimo vital desde el año 2020, el titular de la prestación es Ramón. Estela, la hija mayor, acaba de cumplir 22 años y ha decidido emanciparse del domicilio paterno. Estela se empadrona junto a su pareja en un nuevo domicilio el 7 de julio de 2024, ¿qué ocurrirá con el ingreso mínimo vital que percibe su familia?
- La prestación se extinguirá en todo caso.
- Los miembros que quedan en la unidad familiar siguen manteniendo la estabilidad de convivencia y, por tanto, no procede extinguir la prestación que venían percibiendo.
- Los miembros que quedan en la unidad familiar siguen manteniendo la estabilidad de convivencia y, por tanto, no procede extinguir la prestación que venían percibiendo, pero deberán presentar una nueva solicitud.
- La unidad de convivencia seguirá percibiendo la prestación pero será necesario que se comunique un nuevo titular a efectos del mantenimiento del IMV ya que Ramón no ha sido capaz de mantener a su familia unida.
10.- José es titular del IMV desde el 1 de julio de 2021. Su unidad de convivencia está constituida por Mercedes, su esposa; Adelina, su hija y Cristina, su nieta. El 1 de agosto de 2024 se empadrona con ellos Miguel, padre de Mercedes, que acaba de enviudar. ¿Qué ocurrirá con la prestación de IMV que vienen percibiendo?
- La prestación de IMV se extingue, siendo necesario volver a presentar nueva solicitud y respetar el periodo de espera de seis meses.
- La prestación de IMV se suspende, no siendo necesario volver a presentar nueva solicitud ni respetar el periodo de espera de seis meses.
- La prestación de IMV se extingue, no siendo necesario volver a presentar nueva solicitud ni respetar el periodo de espera de seis meses.
- La prestación de IMV se suspende, siendo necesario volver a presentar nueva solicitudpero no respetar el periodo de espera de seis meses.
Respuestas:
1 | 2 | 3 | 4 | 5 | 6 | 7 | 8 | 9 | 1o |
D | C | A | C | B | C | B | A | B | A |
Breve explicación:
Pregunta número 6: Si habiendo convivido en un mismo domicilio una UC con otra persona con la que no tienen vínculo de parentesco y, llegado el momento, la UC se empadrona en un domicilio diferente, se entiende que han cumplido con el requisito de convivencia de seis meses al no tener vínculo de parentesco con la otra persona.
Querido lector, el contenido de este supuesto ha sido elaborado el 18 de octubre de 2024, debes tener en cuenta que no recoge posibles modificaciones normativas posteriores.
Todos los hechos, acontecimientos, situaciones y personas de este supuesto son inventados, cualquier parecido con la realidad es pura coincidencia.
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