Caso práctico de Seguridad Social número 12. Año 2024

Caso práctico de seguridad social

 Supuesto práctico de Seguridad Social: cotización.

Este supuesto práctico es original de @diazmordillo, queda prohibido cualquier uso con fines comerciales sin permiso expreso de la autora.

Marisa es especialista en el manejo de una impresora en 3D de una fábrica de piezas aerodinámicas. Pertenece al grupo de cotización 8. Lleva trabajando en la empresa desde el 4 de febrero de 2005 con contrato indefinido. 

Su salario es:

  • Salario base 20,00 euros /día
  • Antigüedad 3 euros/día
  • Plus de peligrosidad 5 euros /día
  • Plus de nocturnidad 6 euros / día
  • Tiene derecho a percibir dos pagas extraordinarias por importe del salario y antigüedad correspondiente a 30 días cada una de ellas. 

Ramón es el marido de Marisa. Llevan felizmente casados desde 1992. Ramón trabaja para dos empresas. 

  • Empresa A: BC CC 2500 euros grupo de cotización 7
  • Empresa B: BC CC 2990 euros grupo de cotización 3

En ambos casos, cotización mensual. La suma de las bases (5490 euros) supera el tope máximo de cotización para 2024: 4720,50 euros.

Mario es hermano de Marisa y cuñado de Ramón. Se trata de un trabajador de 55 años al que se extingue su contrato de trabajo y no tiene derecho a percibir el subsidio de mayores de 52 años. Desea suscribir un convenio especial durante el tiempo en el que busca un nuevo empleo.

Ha optado por la base máxima de cotización del grupo 5 porque ya cotizaba por ella durante más de 24 meses en los 5 años anteriores. Reúne la carencia específica.

1.- ¿Cuál será la base de cotización por contingencias comunes de Marisa durante el mes de marzo de 2024?

  1. 1.171,18 euros.
  2. 1367,10 euros.
  3. 1.260,00 euros.
  4. 1.134,00 euros.

2.- ¿Cuál será la base de cotización por contingencias profesionales de Marisa por durante el mes de marzo de 2024?

  1. 1.171,18 euros.
  2. 1367,10 euros.
  3. 1.260,00 euros.
  4. 1.134,00 euros.

3.- ¿Cuál será el porcentaje que abonará la empresa en concepto de Mecanismo de Equidad Intergeneracional por Marisa para el ejercicio de 2024?

  1. 0,70%
  2. 0,62%
  3. 0,58%
  4. 0,12%

4.- ¿Cuál será el porcentaje de distribución del tope de cotización en el caso de la empresa A de Ramón?

  1. 100%
  2. 54,46%
  3. 45,54%
  4. Teniendo en cuenta los datos del supuesto, no será necesario realizar la distribución de topes de cotización.

5.- Teniendo en cuenta los datos del supuesto, ¿Cuál será el tope máximo de cotización de Ramón en la empresa B?

  1. 2.149,72 euros.
  2. 2.570,48 euros.
  3. 4.720,50 euros.
  4. Teniendo en cuenta los datos del supuesto, no será necesario realizar la distribución de topes de cotización.
6.- Teniendo en cuenta los datos del supuesto, ¿podrías indicar cuál es la carencia específica requerida para que Mario pueda acceder al convenio especial?

  1. A Mario se le exige tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 5.475 días en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
  2. A Mario se le exige tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 5.475 días en los 15 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
  3. A Mario se le exige tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 1.080 días en los 15 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.
  4. A Mario se le exige tener cubierto, en la fecha de la solicitud, un período mínimo de cotización de 1.080 días en los 12 años inmediatamente anteriores a la baja en el Régimen de la Seguridad Social de que se trate.

7.- ¿Cuál será la cuota a abonar por Mario de su convenio especial, teniendo en cuenta que ha optado por un tipo de convenio general (tiene cubiertas todas las contingencias comunes excepto subsidios económicos por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y maternidad y cuyo tipo actual es del 0,94)?

  1. 1.255,74 euros.
  2. 1.335,90 euros.
  3. 4.720,50 euros.
  4. 585,43 euros.

1

2

3

4

5

6

7

B

B

C

C

B

D

A

Explicación:

Preguntas 1 a 3: Cálculo de la base de cotización por CC y CP de Marisa.

Sumamos las retribuciones, puesto que no percibe ninguna excluida: 

20+3+11+3,78 (20+3x2x30/365) = 37,78 euros /día x número de días de alta en el mes

Al ser base de cotización diaria, se multiplica esta cantidad por los días del mes: marzo 31x37,78 = 1171,18

Esta cantidad hay que compararla con los topes máximos y mínimos para el grupo 8:

BCCC y BCCP = 44,10 mínimo 157,35 máximo. 

Como los 37,78 están por debajo de los 44,10 euros mínimos, la empresa cotizará por esta cantidad, tanto para CC como para CP (44,10x31=1367,1)

A pesar de la retribución diaria de Marisa, la cotización se calcula mensual

  • Cuota CC a cargo empresa 23,60% = 1367,1 x23,60/100
  • Cuota CC a cargo de Jacinto 4,70% = 1367,1 x4,70/100
  • Cuota por CP (habría que ver la tarifa de primas, pero se calcula igual. Imaginaos que le resulta aplicable un 0,63 de IT y un 0,36 de IMS: 1367,1 x0,63/100 y 1367,1 x0,36/100 ambos a cargo exclusivo del empresario.
  • Desempleo, contrato temporal: 5,50 empresario y 1,55 trabajador.
  • FOGASA 0,20 exclusivo empresario
  • PF: 0,60 empresario y 0,10 trabajador
  • MEI 0,58 y 0,12 trabajador

Preguntas 4 y 5. Cálculo de la base de cotización en pluriempleo de Ramón:

Ramón trabaja para dos empresas. 

Empresa A: BC CC 2500 euros grupo de cotización 7

Empresa B: BC CC 2990 euros grupo de cotización 3

En ambos casos, cotización mensual. La suma de las bases (5490 euros) supera el tope máximo de cotización para 2024: 4720,50 euros.

Distribución de los topes de cotización para ambas empresas. Regla de tres simple. Se calcula sobre la suma de bases sin tener en cuenta el tope máximo:

Empresa A 2500x100/5490 = 45,54%

Empresa B 2990x100/5490 = 54,46%

Empresa A 2500x100/5490 = 45,54%

  • Base máxima grupo 7 
  • 4720,50 x 45,54% = 2.149,72
  • Base mínima grupo 3 (utilizamos la base mínima más grande de las dos)
  • 1269,30 x 45,54% = 578,04 
  • Como la BCCC es de 2500, la empresa A no podrá cotizar por más de 2149,72 euros

Empresa B 2990x100/5490 = 54,46%

  • Base máxima grupo 3 
  • 4720,50 x 54,46% = 2.570,48
  • Base mínima grupo 3 (utilizamos la base mínima más grande de las dos)
  • 1269,30 x 54,46% = 691,26
  • Como la BCCC es de 2990, la empresa B no podrá cotizar por más de 2.570,48 euros

Preguntas 6 y 7: Cálculo del convenio especial de Mario.

Mario es un trabajador de 55 años al que se extingue su contrato de trabajo y no tiene derecho a percibir el subsidio de mayores de 52 años. Desea suscribir un convenio especial durante el tiempo en el que busca un nuevo empleo.

Ha optado por la base máxima de cotización del grupo 5 porque ya cotizaba por ella durante más de 24 meses en los 5 años anteriores. Reúne la carencia específica. Calcula la cuota a abonar:

Base máxima grupo 5: 4720,50 euros en 2024

4720,50 x Tipo CC 28,30% = 1335,90 euros

A la cantidad hallada se le aplicará el coeficiente multiplicador de los Convenios Especiales que cubran todas las contingencias comunes excepto subsidios económicos por incapacidad temporal, riesgo durante el embarazo y maternidad, que actualmente es el 0,94:

1335,90 x 0,94 = 1255,74 será la cuota íntegra a ingresar por el trabajador.


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