¿Podrías indicar cuál es la respuesta adecuada? Monográfico Campo de aplicación.
1.- Indica cuál de los siguientes colectivos no está incluido en el Régimen General de la Seguridad social:
- Los Ministros de culto de las Iglesias pertenecientes a la Federación de Entidades religiosas evangélicas de España.
- Personas trabajadoras que ejerzan su actividad marítimo-pesquera a bordo de las embarcaciones, buques o plataformas siguientes, figurando en el Rol de los mismos como técnicos o tripulantes de tráfico interior de puertos.
- Los deportistas profesionales comprendidos en el ámbito de aplicación del RD 1006/1985, de 28 de junio, por el que se regula la relación laboral de carácter especial de los deportistas profesionales.
- Las personas que presten servicios retribuidos en las entidades o instituciones de carácter benéfico-social.
2.- Según establece el TRLGSS, será regulado por Ley específica, que debe tender a la máxima homogeneidad con el Régimen General:
- El Régimen Especial de Trabajadores del Mar y el Régimen Especial de trabajadores de Minería de Carbón.
- El Régimen Especial de Funcionarios Públicos, civiles y militares y el Régimen Especial que encuadre a los trabajadores de la Minería del Carbón.
- El Régimen Especial de Funcionarios públicos, civiles y militares y el Régimen Especial de trabajadores del Mar.
- El Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia y el Régimen Especial de Funcionarios Públicos Civiles y Militares.
3.- A efectos de su inclusión en el sistema de la Seguridad Social, en relación con las prestaciones de modalidad contributiva, el cónyuge del empresario ocupado o empleado en el centro de trabajo propio, que conviva con él y esté a su cargo:
- Tendrá la consideración, en todo caso, de trabajador por cuenta ajena.
- No tendrá la consideración de trabajador por cuenta ajena, salvo prueba en contrario.
- No tendrá la consideración de trabajador por cuenta ajena, sino de trabajador por cuenta propia, en todo caso.
- Tendrá la consideración de trabajador por cuenta ajena sólo si acredita la prestación de servicios retribuidos en el centro de trabajo del cónyuge empresario durante 12 meses consecutivos.
- Sí, en todo caso.
- Sí, pero sólo cuando así lo autorice expresamente la Entidad Gestora competente en materia de acción protectora del Régimen General de la Seguridad Social, en función de las circunstancias concurrentes en el colectivo de que se trate.
- No.
- Sí, pero sólo cuando lo autorice previamente la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, en función de las circunstancias concurrentes en el colectivo de que se trate.
- El INSS por razón de la actividad desarrollada.
- La TGSS por razón de las cotizaciones de los trabajadores.
- El empresario, por razón de su actividad y de los contratos que tiene suscritos con los trabajadores.
- El Ministerio competente por razón de la actividad o condición de las personas en ellos incluidos.
6.- Indique cuál de las siguientes
afirmaciones en relación con el campo de aplicación del Sistema de Seguridad
Social es incorrecta:
- Los socios, sean o no administradores de sociedades mercantiles capitalistas cuayo objeto social está constituido por la mera administración del patrimonio, están comprendidos en el sistema de Seguridad Social.
- Todos los españoles residentes en territorio nacional están comprendidos en el campo de aplicación del sistema de Seguridad Social a efectos de las prestaciones de modalidad no contributiva.
- Los trabajos que se ejecutan ocasionalmente mediante los llamados servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad no darán lugar a la inclusión en el Régimen General de la seguridad social.
- Las personas comprendidas en el campo de aplicación del Sistema de seguridad Social no podrán estar incluidas por el mismo trabajo, con carácter obligatorio, en otros regímenes de previsión distintos de los que integran dicho sistema.
- Excluidos del Sistema de Seguridad Social.
- Incluidos en el Régimen General o en el Régimen especial de trabajadores del mar, como trabajadores por cuenta ajena, dependiendo de la actividad de la sociedad.
- Incluidos en el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o Autónomos, en todo caso.
- Incluidos en el Régimen General o en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos, según figure en los estatutos de constitución de la sociedad.
- Previo informe del Ministerio competente por razón de la actividad o condición de las personas incluidas.
- Previo informe del Ministerio de Economía y Hacienda.
- Al Gobierno.
- A la TGSS.
9.- Un juez, con nombramiento
de funcionario interino, estará incluido en el campo de aplicación del Sistema
de la Seguridad Social, en concreto…
- En el Régimen Especial de Funcionarios del Estado.
- En el Régimen General.
- En el Régimen Especial de los Funcionarios al servicio de la Administración de Justicia.
- En el Régimen Especial de los Funcionarios de Organismos Autónomos.
10.- Los conductores de vehículos de turismo al servicio privado de un particular, deben estar incluidos…
- En el Régimen General.
- En el Sistema Especial agrario.
- En el Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia o autónomos.
- En el Sistema especial de personas trabajadoras del hogar.
- Los reintegros de prestaciones indebidas.
- El importe de los recargos e intereses que procedan sobre las cuotas de Seguridad Social.
- El importe de la asistencia sanitaria privada prestada por el INGESA.
- El importe de las sanciones por infracciones en materia de Seguridad Social.
- Del INSS
- De la TGSS
- De los interesados.
- Del SPEE.
- Encuadramiento y acción protectora.
- Acción protectora.
- Encuadramiento, afiliación, forma de recaudación y cotización.
- Encuadramiento, afiliación, forma de recaudación y cotización, además de acción protectora.
- Los dirigentes religiosos islámicos o imanes de las Comunidades Islámicas.
- Los ciclistas profesionales.
- Los jugadores profesionales de balonmano.
- Los estudiantes.
- Por el Gobierno, mediante Real Decreto a instancia del colectivo interesado, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social, oídos los sindicatos más representativos.
- Por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a instancias del colectivo interesado, a propuesta de la Secretaría de Estado para la Seguridad Social y oídos los sindicatos más representativos.
- Por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a instancias del colectivo interesado, a propuesta de la TGSS y oídos los sindicatos más representativos.
- Por la TGSS.
- Jugadores profesionales de balonmano.
- Escritores de libros.
- Clérigos diocesano de la iglesia católica.
- Transportistas con vehículo propio.
- El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta del INSS.
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta de la TGSS.
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta de las Entidades gestoras y organizaciones sindicales.
- Por el Gobierno mediante Real Decreto, a instancia del colectivo interesado, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social y oídos los sindicatos más representativos.
- Por la TGSS.
- Por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a instancias del colectivo interesado, a propuesta de la TGSS y oídos los sindicatos más representativos.
- Por el Gobierno, por Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a través de Orden Ministerial, a propuesta de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y previo informe de la TGSS.
- La Secretaría de Estado de la Seguridad Social, a propuesta de la Dirección General de la TGSS y previo informe del Ministerio competente por razón de la actividad o condición de las personas en ellos incluidos.
- La Dirección General de la TGSS y la Dirección General del INSS, mediante resolución conjunta, previo informe de la Secretaría de Estado de Hacienda.
- El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, mediante Real Decreto, a propuesta de la Secretaría de Estado de Hacienda, previo informe de la TGSS.
- Incluido en el régimen General con exclusión de la protección por Desempleo y el Fondo de Garantía Salarial.
- Incluído en el Régimen especial de trabajadores por cuenta propia.
- Incluído en el Régimen General.
- Estará fuera del campo de aplicación del sistema de Seguridad Social.
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